Mantener un control adecuado de plagas no solo protege la salud de sus colaboradores y clientes; también evita sanciones y cierres temporales por parte de la autoridad sanitaria. En Colombia existen lineamientos claros –desde el Decreto 1843 de 1991 hasta las resoluciones de las Secretarías de Salud locales– que establecen la periodicidad y los requisitos para la fumigación de establecimientos comerciales. A continuación le explicamos con qué frecuencia debe programar el servicio según su sector, qué variables influyen y las mejores prácticas para que la fumigación sea efectiva y segura.
Factores clave que determinan la frecuencia de fumigación
- Tipo de negocio y nivel de riesgo (alimentos, salud, oficinas, bodegas, etc.).
- Ubicación geográfica y clima (humedad y temperatura favorecen insectos y roedores).
- Historia de plagas en el inmueble.
- Condiciones de higiene y almacenamiento.
- Requisitos de sus clientes (p. ej., certificaciones BPM, HACCP o auditorías de calidad).

Recomendaciones generales por tipo de establecimiento
Restaurantes, cafeterías y negocios de alimentos
- Frecuencia mínima: mensual o bimestral.
- Normas aplicables: Decreto 1500/2007, Resolución 2674/2013 (BPM).
- Por qué: la presencia constante de materia orgánica y residuos atrae insectos y roedores.
Supermercados y minimercados
- Frecuencia mínima: cada 4-6 semanas en área de perecederos; cada 2-3 meses en demás zonas.
- Requisitos: Registro ante INVIMA y planes integrales de saneamiento.
Hoteles y establecimientos turísticos
- Frecuencia mínima: trimestral (zonas comunes) y mensual (cocinas, lavandería, depósitos).
Oficinas y locales comerciales sin manipulación de alimentos
- Frecuencia estándar: cada 3-4 meses.
- Excepciones: si comparten edificación con restaurantes o bodegas, reducir intervalos a 2 meses.
E. Bodegas, centros logísticos y fábricas
- Frecuencia mínima: trimestral; en climas cálidos o con alto flujo de mercancía, cada 6-8 semanas.
- Normas: Decreto 1072/2015 (SST) exige control de vectores y fauna nociva.
¿Qué dicen las normas colombianas?
- Decreto 1843 de 1991: regula uso y manejo de plaguicidas.
- Resolución 2674 de 2013: obliga a contar con Plan de Saneamiento que incluya control de plagas.
- Código Nacional de Policía (Ley 1801 de 2016): sanciona presencia de vectores en establecimientos abiertos al público.
- Ordenanzas municipales: alcaldías y Secretarías de Salud pueden exigir certificados de fumigación vigentes (habitualmente de 30 o 90 días).
Señales de que su negocio necesita fumigación antes de la fecha programada
- Avistamiento de cucarachas (vivas o restos), roedores o sus excrementos.
- Olores a amoníaco o comida descompuesta en bodegas.
- Empleados/clientes reportan picaduras frecuentes.
- Mercancía perforada o con polvillo (indica gorgojo u otras plagas de granos).
Mejores prácticas para maximizar la efectividad
- Implementar un Programa de Manejo Integrado de Plagas (MIP).
- Sellar grietas, instalar mallas y mantener áreas limpias.
- Capacitar al personal sobre almacenamiento y disposición de residuos.
- Mantener registro documental de cada servicio (fecha, químico usado, técnico responsable).
Cómo elegir una empresa de fumigación certificada
- Registro ICA vigente y licencia sanitaria local.
- Certificaciones ISO 9001, 14001 u OHSAS 18001.
- Uso de productos de baja toxicidad categoría IV.
- Entrega de ficha técnica, MSDS y certificado posterior al servicio.
- Garantía por escrito y visitas de refuerzo sin costo si reaparece la plaga.
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La periodicidad de la fumigación depende de su sector, las condiciones ambientales y las exigencias legales. No obstante, como regla práctica, ningún establecimiento debería superar los 90 días sin un control profesional. Programar inspecciones periódicas con una empresa avalada le garantiza ambientes seguros, evita multas y refuerza la confianza de sus clientes.
